Toros sí, toros no…

Hacía mucho que mi blog se dedicaba única y exclusivamente a la fotografía, y de hecho es lo que llevo intentando desde hace mucho tiempo, pero voy a permitirme hacer un post totalmente off-topic, y posiblemente polémico.

Todo viene porque he comentado en varios sitios que estoy a favor de prohibir las corridas de toros, y después de algunas discusiones bastante interesantes sobre el tema, me he dado cuenta que los comentarios de Facebook o la charla del café dan poco margen para exponer los argumentos, así que mejor los cuento todos juntos en un post, y me ahorro tener que copiar y pegar cada vez que tenga que responder. Alguna vez he tratado el tema de coñá, pero va siendo hora de ponerse serio.

Veréis que he metido algunas leyes y alguna información oficial. Soy bastante zopenco en estos temas, así que puede que haya cometido algún error. Por favor, avisadme para corregirlo :)

Como encabezados están los argumentos más normales que se escuchan «a favor», y mi argumentación «en contra». Va por tí, Susana ;-)

Matamos muchos animales para comernos su carne

Este razonamiento sería válido si las condiciones fueran las mismas, pero vamos a ver como no es así, en el Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza.

Hago un resumen rápido de los principales artículos que difieren en cuanto a la manera en que muere el toro de lidia:

Artículo 3. Condiciones generales.
No se causará a los animales agitación, dolor o sufrimiento evitables durante las operaciones de traslado, conducción, estabulación, sujeción, aturdimiento, sacrificio y matanza.

Artículo 5. Condiciones de conducción, sujeción, aturdimiento, matanza y sangrado de los animales.
A los solípedos, rumiantes, cerdos, conejos y aves de corral introducidos en los mataderos para el sacrificio se les deberá:

  • 2.Sujetar de conformidad con las indicaciones del anexo B.
  • 3.Aturdir antes de su sacrificio, o dar muerte de forma instantánea, de conformidad con las disposiciones del anexo C.
  • 4.Sangrar de conformidad con las indicaciones del anexo D.

ANEXO B – Sujeción de los animales antes de su aturdimiento, sacrificio o matanza

  • 1. Los animales se sujetarán de forma adecuada para evitarles, en la medida de lo posible, todo dolor, sufrimiento, agitación, herida o contusión evitables.
  • 2. Tampoco se atarán las patas de los animales ni éstos serán suspendidos antes del aturdimiento o matanza.
  • 3. Los animales aturdidos o sacrificados por medios mecánicos o eléctricos aplicados a la cabeza se presentarán en una posición que permita aplicar y hacer funcionar el aparato con facilidad, precisión y durante el tiempo necesario. Las autoridades competentes podrán, no obstante, autorizar el recurso a medios adecuados de restricción de los movimientos de la cabeza en el caso de solípedos y vacunos.

ANEXO C – Aturdimiento y matanza de los animales distintos de los animales de peletería

  • I. Métodos autorizados
    • A. Aturdimiento:
      • 1. Pistola de clavija perforadora.
      • 2. Percusión.
      • 3. Electronarcosis.
      • 4. Exposición a dióxido de carbono.
    • B. Matanza:
      • 1. Pistola o fusil de balas.
      • 2. Electrocución.
      • 3. Exposición a dióxido de carbono.

ANEXO D – Sangrado de los animales
1. El sangrado de los animales que hayan sido aturdidos comenzará lo antes posible después del aturdimiento y se deberá efectuar de manera que se provoque un desangrado rápido, profuso y completo. En cualquier caso, deberá efectuarse el sangrado antes de que el animal recobre el conocimiento.

Sin las corridas, se extinguiría el toro de lidia

Esta preocupación surge de que el toro de lidia es una especie que se cuida expresamente para el mundo de la tauromaquia. Esto nos lleva primero a plantearnos la necesidad de mantener una población tan grande de esta especie, en detrimento de otras más adaptadas al ecosistema o más útiles para otros fines.

Buscando en el apartado de Estrategia de Conservación de Especies Amenazadas del Ministerio de Medio Ambiente y Rural y Marino, veo que ahora mismo hay planes de conservación específicos para estas especies:

  • Oso Pardo Cantábrico
  • Águila Imperial Ibérica
  • Lince Ibérico
  • Quebrantahuesos
  • Urogallo Cantábrico

Suponiendo entonces que tras restringir o prohibir las corridas de toros, la especie llegase a un punto de considerarse amenazada, ¿qué medidas habría que tomar? Vamos a coger, por ejemplo, las que se toman en el caso del Oso Pardo, en cuanto a conservación de la especie:

  • Eliminación de la muerte de osos pardos causadas por personas
  • Reducción de los conflictos entre osos y humanos
  • Conservación de la población oriental
  • Estudio de la viabilidad de un programa de conservación ex-situ

Desde luego, para el animal suena bastante mejor que la muerte en la plaza.

El toro es un animal destinado a morir en la plaza

Durante mucho tiempo se consideró que el gallo estaba destinado a las peleas, y que muchas razas de perros también. Por ejemplo, algunas razas de perros fueron creadas específicamente para las peleas, y la prohibición de las peleas no ha sido negativa para ellos, sino todo lo contrario.

En el artículo 337 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal se indica que «Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.».

Al no ser el toro de lidia un animal doméstico, desgraciadamente no podemos aplicar esta ley, así que sería razonable aplicar la que veíamos antes para el sacrificio o matanza, pero tampoco dejan aplicarla. ¿Por qué se ha protegido al gallo de pelea y al pollo de cría para consumo, pero no al toro? Nos quedan los motivos económicos y de tradición, así que vamos a verlos:

Sin las corridas, se perderían muchísimos puestos de trabajo, y bajaría el turismo

Quizá… igual que se perdieron con las máquinas de escribir, con los ordenadores, con cada avance en los instrumentos de labranza, con la prohibición del tabaco en algunos lugares, o en muchísimos otros casos en que cambios en la tecnología o la costumbre han forzado a determinadas industrias a reconvertirse. Estos cambios muchas veces han sido drásticos y no planificados, pero en este caso estamos planteando un debate que generaría un cambio con plazos y formas controladas, así que la reconversión no tendría por qué ser traumática.

Ahora mismo, de hecho, las ganaderías que crían al toro bravo destinan a ello enormes extensiones de terreno y recursos, pero el dinero que generan va a parar a un grupo bastante reducido de personas. Esas mismas explotaciones, dedicadas a otro tipo de negocio, seguramente generarían menos dinero, pero con casi total seguridad crearían muchos más puestos de trabajo. Un plan de reconversión adecuado, con ayudas para la reubicación de estos recursos hacia otro tipo de explotación agrícola o ganadera, no debería causar demasiado perjucio a sus propietarios, y sería muy beneficioso para las regiones donde se ubiquen.

En cuanto al turismo, tres cuartos de lo mismo: un cambio brusco puede que lo afectara, pero con una planificación adecuada, las plazas de toros podrían ser museos, recintos deportivos o de espectáculos, manteniendo su valor histórico y de patrimonio.

Mal que me pese, para contentar a todos, se podría hacer la prohibición por fases, comenzando por permitir las corridas sin muerte, y tomando el resto de pasos poco a poco hasta llegar a garantizar al toro de lidia el mismo nivel de protección que al resto de animales.

El toreo es un arte

Pues sí, pero también lo son muchas otras cosas que no son éticas o legales. Podemos encontrar arte en la violencia o en el crimen, pero eso no los justifica. También, al igual que respeto y admiro a los periodistas de guerra, respeto y admiro a los fotógrafos y cronistas taurinos. El que seamos capaces de hacer algo de manera creativa o artística, o el que podamos crear arte alrededor de ello, no tiene nada que ver con que debamos o no hacerlo.

Vale, entonces… ¿por qué no se han prohibido aún?

Por el mismo motivo por el que no se cambian muchas otras partes de lo que consideramos nuestra tradición: por miedo al cambio, por falta de confianza en los planes a largo plazo, y principalmente porque aún no se considera una medida suficientemente popular. El principal problema en este caso es que los beneficios que aportan afectan a personas que pueden votar, mientras que sus inconvenientes los sufren animales, así que hasta que el número de votos de los que estamos en contra sea claramente mayor que el de los que están a favor, no se tomará ninguna medida.

Como último comentario, todo lo que he contado tiene bastante poca validez como argumento con aquellos que piensan que somos tan superiores a los animales que podemos hacer con ellos lo que nos dé la gana, sin pensar en absoluto en su bienestar. Para todos los que pensáis así, me voy a permitir dejar aquí el tema, porque quizá mis argumentos serían mucho menos razonados y demasiado viscerales, pero sólo quiero decir que no me gustaría ser vuestra mascota :P

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